Acuerdos válidos
Sesiones bien convocadas, con quórum verificado y actas firmadas a tiempo.
Lo que no se registra, no existe. La Secretaría General guarda las actas, el padrón de asociados y la palabra oficial de la asociación, para que cada acuerdo tenga respaldo y cada asociado sus derechos claros.
Secretaria General: Giovanna del Milagro Mellado Urquiaga de Reyna
Una asociación que pide transparencia necesita su propia casa en orden. La Secretaría General garantiza que las sesiones se convoquen bien, que los acuerdos consten por escrito y que cualquier asociado pueda verificar lo que se decidió.
Sesiones bien convocadas, con quórum verificado y actas firmadas a tiempo.
Libros legalizados, constancias y comunicaciones archivadas para hoy y para los próximos consejos.
Un padrón al día y reglas claras para participar, votar y ser elegido.
Según el artículo 37 del estatuto.
Los libros de actas de la Asamblea General y del Consejo Directivo, legalizados ante notario.
Con la fecha de admisión, la clase de asociado y quiénes ocupan cargos. Los datos personales se protegen.
Antes de cada Asamblea elabora la relación de asociados hábiles, base del quórum y las mayorías.
Conserva la prueba de que cada asociado fue convocado y expide las certificaciones de convocatoria y quórum.
Prepara las comunicaciones oficiales y da seguimiento documental a cada acuerdo hasta que se cumpla.
Ante ausencia, impedimento o vacancia del Presidente, asume sus funciones con las mismas facultades.
Lo que todo asociado debe saber, según los artículos 24 a 31 del estatuto.
| Tema | Regla |
|---|---|
| Sesión ordinaria | Al menos una vez al año, en el primer trimestre: memoria, estados financieros, plan de trabajo y presupuesto. |
| Convocatoria | Por esquela con cargo o por correo electrónico, con al menos 8 días calendario de anticipación, indicando modalidad, lugar o medio y agenda. |
| Quórum | En primera convocatoria, más de la mitad de los asociados hábiles. En segunda, cualquier número. |
| Acuerdos | Por más de la mitad de los asistentes. Para modificar el estatuto o disolver la asociación rigen reglas especiales. |
| Representación | Un asociado puede representar a otro con carta poder simple para esa sesión. Máximo una representación por persona. |
| Modalidad | Presencial, virtual o mixta. |
| Actas | Firmadas por quien presidió, quien actuó como secretario y un asociado designado, dentro de los 15 días siguientes. |
Según el artículo 10 del estatuto. Pueden asociarse las personas mayores de edad que compartan nuestros fines y principios.
Propuesta para el período 2026–2028. Las metas concretas las aprueba el Consejo Directivo.
Escríbenos y la Secretaría General te responderá.
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